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NOVEDADES RENTA 2010 PARA AUTÓNOMOS

RENTA 2010

ASESORIA FISCAL RENTA MADRID

Desde el pasado día 3 de mayo podemos presentar nuestra declaración de la renta 2010. En el caso de los autónomos, todos ellos están obligados a presentar dicha declaración y para este ejercicio, tenemos dos novedades importantes a considerar, bien si hemos arrancado una actividad empresarial mediante la capitalización del desempleo y el pago único y la segunda, si somos autónomos con asalariados y nos podemos beneficiar la deducción por el mantenimiento y creación de empleo.

Es importante recordar que los autónomos que tengan actividad profesional o empresarial, declararán dichos ingresos en el apartado de los rendimientos de actividades económicas y en función del tipo de tributación elegida en su actividad, tributarán bien en estimación directa (ingresos menos gastos) o bien en estimación simplificada o módulos.

Cambios en la tributación de la capitalización del desempleo

Los desempleados que decidieran comenzar una actividad empresarial en el año 2010 mediante la capitalización del paro único, tienen en esta declaración la modificación de los importes exentos en la tributación. Recordemos que el dinero que se recibe en el pago único tributa como rendimientos del trabajo en nuestra declaración de la renta.

Para el año 2010, se ha elevado la cuantía exenta de tributación a 15.000 euros desde los 12.020 euros en el caso de la capitalización del desempleo. A efectos prácticos, si yo he recibido 17.000 euros en concepto del pago único para montar mi empresa, sólo consideraré 2.000 euros como ingresos del trabajo y el resto, estará exento de tributación.

Para que esta exención se mantenga y no tengamos que corregir nuestra declaración de la renta en los próximos años, los autónomos que hayan optado por este formato de capitalización del paro, tienen que mantener la actividad económica durante 5 años. Por último, nos olvidemos que las bonificaciones que tenemos en la cotización a autónomos en la Seguridad Social por el resto del porcentaje del pago único que no hemos recibido, tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo.

Reducción por mantenimiento y creación de empleo

En la declaración de la renta del 2010 podremos aplicar una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo declarado previamente minorado en su caso, por la reducción por rendimientos generados en más de 2 años u obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo y por la reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas, siempre que se den los siguientes requisitos:Actividades económicas cuya cifra de negocios para el conjunto de actividades que realicen sea inferior a 5 millones de euros
Plantilla media inferior a 25 empleados

Y se haya mantenido la cifra media de empleados o se haya aumentado el empleo desde el año 2009. Para que se produzca dicho aumento de plantilla, tenemos que calcular el número medio de trabajadores de cada año, con el mismo método que se calcula la plantilla media en el impuesto de sociedades.El cálculo de plantilla media se realiza distinguiendo entre los trabajadores con contrato indefinido y temporal a cierre de ejercicio. Para los contratos indefinidos, calcularemos la media mensual ponderada de los trabajadores fijos por meses y dividiremos entre 12.

Para el personal con contrato temporal que haya estado en la empresa durante el 2010, realizaremos la media semanal ponderada por cada trabajador que haya estado en plantilla durante el año. El resultado se redondea en dos decimales y la suma de estos dos cálculos debe ser igual o superior a la suma de la plantilla media del año anterior.

 

Campaña de Renta 20010

Desde el 2 de mayo hasta el 30 de junio de 2011

Nueva deducción por obras de mejora en la vivienda habitual

15 % descuento en caso de confeccionar dos o más rentas de la misma unidad familiar.

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